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Publicación Agosto 2008/Mujer/ Contigo hasta el fin del mundo…
pero no en la cárcel

Mujer

Por:
Ángela María Rojas M.
angelaclon@hotmail.com

Según estadísticas del Instituto Nacional Penitenciario de Colombia (INPEC), en abril del presente año el total de la población carcelaria era de 66.345 internos, incluidos a sindicados y condenados.

Hoy día se divulgan muchas detenciones de mujeres y algunos piensan que ellas están igualando a los hombres en el comportamiento delictivo. Incluso hay quienes consideran que pronto los van a superar, si continúa la ola de liberación femenina y el desinterés de las mujeres por la vida familiar y doméstica. Sin embargo, las estadísticas del INPEC contradicen estas predicciones.

A pesar de que año tras año se incrementa el número de detenidos y recluidos, aún es muy amplia la diferencia entre la proporción de mujeres recluidas comparada con la de los hombres confinados en cárceles del país. Mientras estos últimos suman un total de 62.409, las mujeres sólo alcanzan a sumar 3.943, es decir, el 5,94% del total de la población penitenciaria del país. Diferencia aterradora: ¡el 94% de la población retenida en las cárceles colombianas son hombres! ¿Cómo estamos educando a hombres y mujeres para producir este resultado? ¿Qué prácticas educativas están estimulando la delincuencia en los hombres? Estos interrogantes merecen empezar a responderse con rigurosidad y no pueden dejarse a la especulación ni a explicaciones de orden biológico únicamente.

Del total de mujeres recluidas en Colombia, la mayoría de ellas están entre los 18 y los 40 años, siendo el promedio de edad de 31 años. Llama la atención que un gran porcentaje sólo cuenta con estudios primarios, proviene de zonas urbanas y reside en estratos bajos. Éstos son sólo algunos de los datos que muestran a la mujer reclusa como una persona que ha contado con una deficiente protección social por parte del Estado.

El perfil socioeconómico de las internas no es muy diferente del de los internos, pero sí varía el perfil delictivo. Mientras las mujeres cada vez más se ven involucradas en delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes, los hombres continúan viéndose comprometidos en mayor medida, en comparación con las mujeres, en delitos relacionados con la vida y la integridad personal.

Sin embargo, la diferencia entre los sexos no se reduce simplemente a diferencias estadísticas, sino que existen muchas otras, como las que a continuación se mencionan.

YO TE VISITO, ¿TÚ ME VISITAS?

Una mirada desprevenida en un día de visita normal a una cárcel masculina muestra una larga fila de mujeres. Madres, esposas o compañeras de los reclusos llenan de manera abrumadora el registro de visitas. Incluso, hace algunos años, sin tener siquiera para el transporte, las mujeres se sometían a las largas e intensas filas y a la requisa obligatoria para al final del día obtener su gran premio por visitar a su compañero o hijo: un inmenso paquete de ropa para lavar. Se espera que la reglamentación actual, respecto al número de prendas de vestir autorizadas para cada interno, haya contribuido a cambiar esta situación.

Entre tanto, cuando se visita una cárcel de mujeres, en vez de ver una numerosa fila de hombres, padres y esposos o compañeros interesados en visitar a sus parejas o hijas, sorprendentemente la mayoría de la fila también está compuesta por madres, hermanas, hijas o compañeras. ¿Por qué razón? ¿Qué explica esta diferencia? ¿Dónde están los padres de estas mujeres y qué pasa con sus parejas? ¿Por qué no asumen el mismo compromiso?

En el campo de los derechos sexuales, el tema de la visita conyugal también plantea sorprendentes diferencias. La visita conyugal para el sexo femenino es un derecho conquistado por las mujeres y consagrado en la legislación penitenciaria. Sin embargo, según la Procuraduría, el 35% de las cárceles no garantiza su goce aduciendo razones de infraestructura e higiene.

No obstante, a las cárceles de hombres continúan ingresando esposas, compañeras, amantes y trabajadoras sexuales, mientras que a las mujeres se les exige, en muchos casos, la demostración de su estado civil de casadas o de relación permanente, una autorización del fiscal o juez o de la respectiva directora del establecimiento, mientras que a los hombres no se les hacen estas exigencias.

A pesar de haberse fallado ya en ocasiones anteriores a favor de la igualdad sexual para las visitas conyugales, aún la ignorancia y discriminación están presentes cuando de mujeres reclusas se trata.

MATERNIDAD VS. PATERNIDAD

Si vamos al tema de la maternidad y paternidad, ¿por qué los hombres detenidos no tienen el derecho de asumir la paternidad cuando el recién nacido no cuenta con su madre? Se sabe que tanto un padre como una madre están en la misma capacidad de cuidar a un recién nacido, siempre y cuando ambos cuenten con el apoyo necesario para hacerlo. ¿Por qué no se considera adecuado que un padre asuma el cuidado del bebé hasta los tres años de edad dentro de una cárcel y sí se considera adecuado que una madre lo haga? La lactancia no puede ser una excusa y más cuando se sabe que muchas madres no pueden lactar y sin embargo pueden cuidar adecuadamente a sus bebés. ¿Es que los hombres nunca han solicitado tal derecho? Si no lo han hecho, ¿por qué las madres sí lo hacen? ¿Existe discriminación a favor de la mujer? ¿O en este caso debería actuarse de igual modo para hombres y mujeres?

Éstos son algunos de los interrogantes que surgen cuando se explora con más detenimiento el caso de las mujeres recluidas. Las noticias sobre las mujeres reclusas suelen girar en torno a las dificultades relacionadas con el ejercicio de su maternidad dentro de las cárceles, los eventos programados para ellas los días de la madre o de la mujer, o la historia de vida de alguna reclusa que, por su reconocimiento público o por sus características particulares, se considera suficientemente interesante para los medios como para destacarla. Es relevante empezar a pensar en las mujeres detenidas como personas con derechos en todos los sentidos y trabajar para terminar con una serie de discriminaciones que pasan inadvertidas porque se consideran normales, pero que no lo son.

Una mirada por todas las regiones en torno a la reclusión de mujeres, desde una perspectiva de derechos y no de conmiseración, vendría muy bien para conocer cómo están realmente viviendo su detención en Colombia, y si tanto mujeres como hombres cuentan con los mismos derechos y las mismas oportunidades para superar su reclusión y promover ciudadanos en todo el sentido de la palabra.

MÁS INFORMACIÓN:Instituto Nacional Penitenciario de Colombia (INPEC), página institucional. Estadísticas en http://www.inpec.gov.co/portal/pls/portal/!PORTAL.wwpob_page.show?_docname=580010.XLS, revisada en julio 7 de 2008.

Los derechos humanos de la mujer privada de la libertad en http://www.defensoria.org.co/pdf/informes/informe_111.pdf.

Actualmente se lleva a cabo un estudio sobre los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Reclusas en la Ciudad de Bogotá por las estudiantes de Comunicación Social-Periodismo de la corporación Universitaria Minuto de Dios: Ana María Pacheco, Claudia Gutiérrez y Jeanne Betancourt. Las personas interesadas en compartir sus experiencias sobre el tema, favor comunicarse con la revista Mundo Lector o al correo electrónico de la autora del presente artículo.

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